escnna
marco normativo escnna
MARCO NORMATIVO ESCNNA
Tenga en cuenta que es ilegal la explotación, la pornografía, y el turismo sexual con niños, niñas y adolescentes, ya que está penalizado por medio de la Ley 1336 de 2009 por la cual se robustece la Ley 679 de 2001.No comercialice ni trafique de manera ilegal con los bienes culturales, ya que está penalizado por medio de las Leyes, decretos y resoluciones colombianas, específicamente las leyes de prevención y protección del patrimonio: Ley 103 de 1991 y su decreto 904 de 1991, ley 397 de 1997 y su decreto 833 de 2002, ley 1185 de 2008.No comercialice ni trafique con las especies de fauna y flora silvestre, ya que está penalizado por medio de la Ley 17 de 1981 y por la Resolución Ministerial No 1367 de 2000.
CODIGO DE CONDUCTA PREVENCION ESCNNA
La agencia de viajes operadora Destino Nativo, está comprometida de acuerdo con la ley 1336 de 2009 y Ley 679 de 2001 con el fin de contrarrestar la explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en viajes turísticos, por lo tanto, adopta las siguientes políticas de prevención:
- Nos abstenemos de ofrecer planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.
- Nos abstenemos de conducir a los turistas, directamente o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, así como conducir a éstos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas.
- Impedimos el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos en los que se presten servicios turísticos, con fines de explotación o de abuso sexual.
- Denunciamos ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, la Fiscalía General de la Nación, el ICBF, y demás organismos competentes, los hechos relacionados con la explotación sexual de menores de edad
- Capacitamos a todo el personal vinculado a la empresa, frente al tema de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
- Rechazar la explotación laboral infantil y cualquier tipo de discriminación racial, de género o de posición económica
- Informar a sus usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.
- Fijar en lugar visible para los empleados del establecimiento este código de conducta
